Autorización del Consejo de Ministros a la OPA de Bondalti

Capital social
Barcelona

Se hace referencia a la comunicación de información relevante remitida por Bondalti Ibérica, S.L.U. a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) acerca de la autorización del Consejo de Ministros a la oferta pública de adquisición sobre Ercros y que se muestra a continuación:

"En relación con la solicitud de autorización de la oferta pública voluntaria de adquisición de acciones (la “Oferta”), formulada por el Oferente sobre la totalidad de las acciones de Ercros, S.A., presentada y publicada como información privilegiada el 5 de marzo de 2024 (número de registro 2154), que fue admitida a trámite por la CNMV con fecha 20 de marzo de 2024, se hace constar que el Consejo de Ministros ha resuelto, en su reunión de 11 de junio de 2024, previo informe favorable de la Junta de Inversiones Exteriores, autorizar sin condiciones la inversión extranjera del Oferente y su inversor final en la sociedad española Ercros, S.A. 

La autorización de la inversión extranjera resultante de la Oferta se ha concedido de conformidad con lo establecido en el artículo 7 bis de la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales y el Real Decreto 571/2023, de 4 de julio, sobre inversiones exteriores.

La referida autorización, de acuerdo con el art 26.2 del Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, sobre el régimen de las ofertas públicas de adquisición, se requería con carácter previo a la autorización de la Oferta por la CNMV. En consecuencia, la autorización previa prevista en el apartado 9 de la solicitud de autorización de la Oferta mencionada anteriormente (“Autorización previa del artículo 26.2 del Real Decreto 1066/2007”) ha sido obtenida.

En relación con la condición a la que estaba sujeta la efectividad de la Oferta a la que se refiere el apartado 10 (iii) de la solicitud de autorización de la misma, consistente en la autorización o, en su caso, no oposición por parte de la Comisión Europea de acuerdo con el Reglamento de Subvenciones Extranjeras, se informa que se ha constatado que no se cumplen los requisitos para necesitar esta autorización, por lo que esta condición ha decaído". 

 

Ercros garantiza que los hechos relevantes que figuran en esta página se corresponden exactamente con los remitidos por la Sociedad a la CNMV, y difundidos por ésta al mercado. Los hechos anteriores a los incluidos en este apartado, se encuentran disponibles en la web de la CNMV.